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Garantías DENTALEX

I – COBERTURA

El servicio técnico especializado de DENTALEX®garantiza el servicio de reparación e instalación de los equipos distribuidos por DENTALEX®, contra cualquier defecto de fabricación y/o de mano de obra efectuada por su personal técnico; así como de las refacciones originales y material utilizado durante el servicio.

La garantía consistirá en realizar nuevamente el servicio sin cargo para el cliente, con su respectiva instalación y prueba de funcionamiento.

II – VIGENCIA DE GARANTÍA DE EQUIPOS y PRODUCTOS

Nuestros productos cuentan con un periodo de garantía que comienza a partir de la fecha de entrega:

  • ARDENT®
    • Acetato con un período de garantía de 12 meses.

 

III – VIGENCIA DE GARANTÍA DE SERVICIO

Los servicios de instalación y mantenimiento tienen una vigencia de 30 días naturales de garantía contados a partir de la fecha de terminación del servicio.

IV – TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA HACER EFECTIVA LA GARANTÍA

Es necesario presentar su factura o su hoja de instalación, donde señale el Número de Serie del equipo en cuestión.

Es necesario que los equipos adquiridos hayan sido instalados o revisados por TÉCNICOS AUTORIZADOS por DENTALEX®y además de que el usuario responsable de los equipos realice los servicios de mantenimiento CADA 6 MESES DESPUÉS DE LA INSTALACIÓN, de lo contrario se perderá automáticamente la garantía y los servicios posteriores llevarán cargos como pueden ser: mano de obra, viáticos y refacciones.

V – PARTES QUE NO ENTRAN EN GARANTÍA

No están cubiertos por esta garantía: focos, fusibles, puntas de fibra óptica, puntas de lámparas de fotocurado, puntas de ultrasonido, baleros y chuck de pieza de mano, vidrios multifacetados, así como refacciones con desgaste de uso natural.

 VI – INVALIDEZ DE LA GARANTÍA

Esta garantía quedará anulada si el equipo permanece almacenado por un periodo mayor a seis meses posteriores a la fecha de salida de las instalaciones de DENTALEX®

Así como por:

  • Tentativa de reparación a través de herramienta inadecuada o por técnicos no autorizados.
  • Daños provenientes de almacenamiento inadecuado o señales de violación al empaque y/o cintas de seguridad.
  • Utilización de cloro u otro agente agresivo de limpieza no indicado.
  • No contar con filtros de aire y agua a la entrada de las unidades dentales y el no tener un compresor libre de aceite.
  • No utilizar agua bidestilada para autoclaves.

VII – REPARACIONES EN PLANTA

En caso de ser necesario que el equipo sea enviado al taller de Asistencia Técnica y se encuentre dentro del plazo de garantía, DENTALEX® le enviará una guía prepagada a su correo electrónico y regresará el equipo a su domicilio con el flete pagado.

Si el equipo no cuenta con garantía y es necesario que sea enviado al taller de Asistencia Técnica, DENTALEX® le enviará una guía prepagada a su correo electrónico utilizando su convenio y paquetería, y el cliente se responsabiliza en pagar el flete de regreso.

Además, se le enviará al cliente un correo con la cotización de reparación para solicitar su autorización. Si no se recibe respuesta del cliente 30 días naturales después del primer correo, se cobrarán costos de almacenamiento con base a la siguiente tabla:

Tiempo de almacenaje (días naturales)

Monto

30 a 60 días

$ 500.00

61 a 90 días

$ 1,000.00

A partir de 91 días

$ 10,000.00

Para todo envío de equipos a nuestras instalaciones, imprimir el Formato para Atención a Clientes, que se enviará a su correo electrónico y anexe dentro de la caja que se enviará.

No nos hacemos responsables si el equipo se recibe en malas condiciones por causa de un empaque deficiente por parte del cliente (golpes, faltantes, etc.)

Nota 1: El usuario debe exigir al técnico la hoja de servicio o instalación para posteriores reclamos.

®Todas las marcas son registradas. Derechos Reservados.

Contacto:

Soporte Técnico, e-mail: C2001@dentalex.mx

Atención a Clientes, e-mail: A4001@dentalex.mx

VIII – AVISO LEGAL

La presente Política está sujeta a lo establecido por el artículo 1834 Bis del Código Civil Federal, así como los artículos 80, 81, 89 y demás relativos del Código de Comercio, al artículo 56 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, así como, la legislación aplicable. Lo anterior en relación con los actos, comunicaciones o acuerdos tomados y que existan entre las partes respecto a la utilización de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.